En caso de incapacidad total y permanente se otorga por un periodo máximo de doce meses, si el pago de la prima, contada desde la próxima fecha de vencimiento anual de la póliza. Esta cobertura se ofrece siempre que la incapacidad sea cubierta por el seguro. El otorgamiento de esta cobertura cancela las demás coberturas adicionales, dejando vigente la cobertura básica de muerte accidental o no accidental